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Reclamaciones de acceso a la información

Reclamaciones de acceso a la información

La Ley 19/2013 de Transparencia reconoce el derecho de cualquier ciudadano a solicitar información pública sin necesidad de motivar por qué la pide. Cuando un ministerio u organismo público deniega los datos o guarda silencio administrativo, el solicitante puede presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). Sus memorias anuales muestran cuántas veces tiene que intervenir el regulador para obligar a la Administración a entregar información pública.

Reclamaciones presentadas CTBG: Ver la ficha de la fuente
1.740 en el año
ámbito estatal (AGE) en 2024

Evolución · en el año

1740 513
2015 2024
Reclamaciones resueltas CTBG: Ver la ficha de la fuente
1.490 resoluciones
dictadas por el CTBG en 2024

Evolución · resoluciones

1490 392
2015 2024
A favor del ciudadano CTBG: Ver la ficha de la fuente
68,6 %
de las resoluciones sobre el fondo (2024)

Evolución · porcentaje

68,6 56,4
2015 2024
Estimadas en el año CTBG: Ver la ficha de la fuente
792 resoluciones
obligan a entregar la información (2024)

Evolución · resoluciones

792 145
2015 2024

1. En dos de cada tres recursos sobre el fondo, el ciudadano tenía razón

Desde la puesta en marcha del Consejo de Transparencia en 2015, el número de reclamaciones presentadas contra la Administración General del Estado se ha más que triplicado (de 513 en 2015 a 1.740 en 2024). Cuando el Consejo entra a valorar el fondo del asunto (descontadas las reclamaciones inadmitidas por presentarse fuera de plazo o no tratarse de información pública), da la razón total o parcialmente al ciudadano en el 68,6 % de los casos, ordenando a la Administración entregar los datos que había negado o silenciado.

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2. Qué ministerios acumulan más reclamaciones

Los ministerios de Interior, Hacienda y Función Pública y Transportes concentran el mayor volumen de reclamaciones ante el Consejo de Transparencia, tanto por el volumen de solicitudes que reciben como por el uso frecuente del silencio administrativo o de causas de inadmisión que luego el CTBG revoca.

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Fuentes y metodología: