Reclamaciones de acceso a la información
Reclamaciones de acceso a la información
La Ley 19/2013 de Transparencia reconoce el derecho de cualquier ciudadano a solicitar información pública sin necesidad de motivar por qué la pide. Cuando un ministerio u organismo público deniega los datos o guarda silencio administrativo, el solicitante puede presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). Sus memorias anuales muestran cuántas veces tiene que intervenir el regulador para obligar a la Administración a entregar información pública.
Evolución · en el año
Evolución · resoluciones
Evolución · porcentaje
Evolución · resoluciones
1. En dos de cada tres recursos sobre el fondo, el ciudadano tenía razón
Desde la puesta en marcha del Consejo de Transparencia en 2015, el número de reclamaciones presentadas contra la Administración General del Estado se ha más que triplicado (de 513 en 2015 a 1.740 en 2024). Cuando el Consejo entra a valorar el fondo del asunto (descontadas las reclamaciones inadmitidas por presentarse fuera de plazo o no tratarse de información pública), da la razón total o parcialmente al ciudadano en el 68,6 % de los casos, ordenando a la Administración entregar los datos que había negado o silenciado.
2. Qué ministerios acumulan más reclamaciones
Los ministerios de Interior, Hacienda y Función Pública y Transportes concentran el mayor volumen de reclamaciones ante el Consejo de Transparencia, tanto por el volumen de solicitudes que reciben como por el uso frecuente del silencio administrativo o de causas de inadmisión que luego el CTBG revoca.
Fuentes y metodología:
- Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) — Memorias anuales de actividad y estadísticas de reclamaciones del ámbito estatal (art. 24 de la Ley 19/2013).
- Para consultar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa de los portales públicos, visita Portales de transparencia.